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13/06

Colombia impulsa una nueva era financiera climática: una mirada frente al caso chileno

Mientras Colombia obliga a bancos y aseguradoras a integrar los riesgos ambientales y climáticos en su gestión financiera mediante la nueva Circular 0015 de 2025, Chile avanza por la vía de la transparencia con la NCG 519, que alinea los reportes empresariales con los estándares internacionales IFRS S1 y S2. Ambos países buscan consolidar finanzas sostenibles en la región

La Superintendencia Financiera de Colombia (SFC)  estableció lineamientos obligatorios para la gestión de riesgos ambientales, sociales y climáticos en todas las entidades bajo su supervisión.

La Circular Externa 0015 de 2025, dirigida a directorios, representantes legales y revisores fiscales de bancos, aseguradoras y demás entidades vigiladas, busca fortalecer la resiliencia del sistema financiero ante los impactos del cambio climático y otros riesgos socioambientales.

 Con esto Colombia se convierte en uno de los primeros países de la región en transformar las buenas prácticas de finanzas sostenibles en una exigencia regulatoria vinculante. Chile, que también ha avanzado en materia regulatoria, mantiene un enfoque más gradual y de autorregulación, apoyado en estándares de reporte, estrategias nacionales y liderazgo en instrumentos financieros verdes.

Ambos caminos buscan fortalecer la resiliencia del sistema financiero frente al cambio climático y avanzar hacia una economía más sostenible e inclusiva.

La Circular forma parte de la Estrategia de Finanzas Verdes y Cambio Climático, desarrollada por la Superintendencia desde 2020 con apoyo del Banco Mundial. Esa iniciativa permitió realizar el primer análisis de vulnerabilidad del sistema financiero colombiano frente a los riesgos físicos y de transición derivados del cambio climático.

Las entidades tendrán 18 meses para implementar los lineamientos y deberán remitir un plan de implementación en los primeros seis meses. Aquellas que lo adopten de manera anticipada podrán ser reconocidas públicamente por la Superintendencia.

Comparativa regional: el caso de Chile

Chile se ha centrado más centrado en divulgación y transparencia ESG, pero con notables progresos regulatorios. Como la  Norma de Carácter General N° 461 de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF), que obliga a los emisores de valores a reportar información ambiental, social y de gobernanza en sus estados financieros anuales. Y que a partir del 2026 incorpora la adopción de los estándares IFRS S1 y S2 desarrollados por el International Sustainability Standards Board (ISSB)

Además, la CMF desarrolla una Estrategia de Cambio Climático y Finanzas Sostenibles que busca incorporar los riesgos climáticos dentro del marco prudencial.

El país cuenta con la Estrategia Financiera frente al Cambio Climático (2020), impulsada por los ministerios de Hacienda y Medio Ambiente, y con un Marco de Bonos Sostenibles que permitió emitir bonos verdes, sociales y sostenibles conforme a los estándares ICMA.

Según un estudio de la CAF y UNEP FI, el 90% de los bancos chilenos ya integra criterios ambientales y sociales en alguna parte de su gestión.

Similitudes y diferencias
Aspecto Colombia (Circular 0015 de 2025) Chile
Naturaleza del mandato Obligatorio para entidades vigiladas por la SFC Principalmente regulaciones de divulgación (NCG 461) y medidas voluntarias
Plazo de implementación 18 meses, con posibilidad de aplicación anticipada Progresivo; depende de cada regulación sectorial
Enfoque Gestión integral de riesgos ambientales, sociales y climáticos, con reglas específicas para crédito Transparencia, información ESG y fomento de instrumentos sostenibles
Grado de avance Nueva obligación regulatoria con enfoque prudencial Alta adopción voluntaria, pero sin mandato obligatorio integral