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15/05

Corte Interamericana sienta precedente histórico en obligaciones estatales frente a la emergencia climática

Con la Opinión Consultiva OC-32/25, adoptada el 29 de mayo de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos clarifica el alcance de las obligaciones de los Estados para garantizar derechos humanos en el marco de la crisis climática, marcando un hito regional que fortalecerá la respuesta legal a la crisis ambiental.

El pasado 29 de mayo de 2025, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) dio un paso decisivo en la lucha contra el cambio climático al publicar su Opinión Consultiva OC-32/25, requerida conjuntamente por Chile y Colombia.

Producto de un extenso procedimiento que incluyó audiencias en Barbados y Brasil, la Corte redefine las obligaciones que pesan sobre los Estados americanos para proteger derechos básicos, como la vida, la salud, el agua y un ambiente sano, frente a la emergencia climática.

Desde la presentación formal de la solicitud el 9 de enero de 2023, el proceso reunió 613 actores: estados, organismos internacionales, ONG, comunidades indígenas y tribunales regionales de justicia, quienes aportaron observaciones escritas y orales.

Análisis riguroso

La Opinión Consultiva parte de un reconocimiento incontrovertible: la emergencia climática no es un asunto meramente ambiental, sino una crisis que afecta derechos humanos fundamentales.  El Tribunal identificó tres áreas clave de obligatoria atención estatal:

  • Derechos sustantivos: vida, integridad personal, salud, vivienda, agua, alimentación, trabajo, cultura, educación y un ambiente sano.
  • Derechos de procedimiento: acceso a la información, participación política y acceso a la justicia.
  • Grupos en situación de vulnerabilidad: infancia, pueblos indígenas, personas defensoras del ambiente, mujeres, comunidades afrodescendientes, campesinas y otros colectivos expuestos de manera desproporcionada a los impactos climáticos.

Para cada uno, la Corte delimita las obligaciones de respeto (no obstaculizar derechos), garantía (asegurar condiciones efectivas) y adopción de medidas (legislativas, administrativas y presupuestarias). Insta, además,  a integrar la perspectiva de género e interseccionalidad en todas las políticas climáticas.

Obligaciones reforzadas

La Opinión Consultiva subraya que el deber de diligencia estatal se debe «reforzar» en el contexto de la emergencia climática, lo que implica:

  • Planificación y metas ambiciosas de mitigación: recorte progresivo de emisiones de GEI alineado con el Acuerdo de París.
  • Adaptación con enfoque de derechos: inversiones urgentes en infraestructuras resilientes que protejan la salud, la vivienda y los medios de vida de las poblaciones más vulnerables.
  • Incorporación de escenarios climáticos en toda regulación: evaluación de impacto ambiental y social para proyectos, incluyendo financiamiento y contratación pública.
  • Participación significativa: consultas previas y vinculantes con comunidades afectadas por proyectos extractivos o agrícolas, garantizando información comprensible y accesible.

Al enfatizar el principio pro persona, la Corte asegura que estas obligaciones no queden al arbitrio de los Estados, sino que se convierten en estándares vinculantes en toda América.

Voces y repercusiones regionales

Para el presidente de la Corte IDH, Nancy Hernández López, la Opinión Consultiva «fortalece el sistema interamericano y proporciona herramientas jurídicas indispensables para enfrentar la triple crisis planetaria». Agentes de Chile y Colombia destacaron el carácter innovador de la interpretación sobre derechos económicos, sociales y culturales en la convención de San Salvador, así como la amplitud de la distinción entre derechos sustantivos, de procedimiento y colectivos.

Aquí puedes leer el documento oficial