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25/05

Greenwashing: el proyecto que busca atacar el “lavado verde” en Chile

Iniciativa se encuentra en primer trámite constitucional y está siendo discutida en la comisión de medioambiente y recursos naturales de la Cámara de Diputados.

En primer trámite constitucional se encuentra el proyecto de ley que previene y sanciona el eco blanqueo o lavado verde, más conocido como “ley greenwashing». La normativa, que ingresó como moción a la Cámara de Diputados en mayo del año pasado, se está discutiendo en la comisión de medioambiente y recursos naturales, donde fue aprobada en general.

El proyecto de ley tiene como idea matriz «prevenir, definir y precisar» el concepto de eco blanqueo o lavado verde, conocido también como “greenwashing” y regular una plataforma permanente de información ambiental de las empresas, con la finalidad de dotar con mayores herramientas para la fiscalización y sanción adecuada a quienes incumplan la normativa.

El greenwashing es una estrategia publicitaria que no se condice con el proceso productivo de la empresa, no tiene mejora significativa en el medio ambiente y solo busca reportar réditos comerciales, sin alterar su proceso productivo.  En palabras de la Comisión Europea: “la práctica por la cual las compañías dicen hacer más por el medio ambiente de lo que realmente hacen”.

Según los informes emitidos por las comisiones de medioambiente y recursos naturales,  la mala práctica da cuenta de la evidencia que existe s entre la práctica y lo que se publicita. Se define el concepto como “entrega de información falsa o insuficiente por parte de una organización para presentar su imagen pública como responsable ambientalmente”.

El proyecto

Según el proyecto de ley no podrán publicitarse como sustentables «las prácticas por cumplir las disposiciones legales y reglamentarias» o  las medidas de «mitigación, reparación, compensación o compromisos voluntarios a los que se encuentra obligada la empresa de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente».  Un Reglamento dictado por el Ministerio de Medio Ambiente, previa coordinación con el Ministerio de Economía, detallará los conceptos, adjetivos, indicadores, estándares y certificaciones respecto a las publicidad de sustentabilidad de las empresas.

Tampoco podrán hacer publicidad de este tipo cuando las empresas hayan sido condenadas por daño ambiental o sancionadas por la Superintendencia de Medio Ambiente por infracciones graves o gravísimas. Igual prohibición se aplicará a compañías, cuyos socios, accionistas, directores o gerentes hayan sido condenados por delitos de derechos humanos en asuntos ambientales y cuando hayan sido condenados por prácticas antisindicales o por vulneración de los derechos de sus trabajadores.

El proyecto de ley contempla sanciones de hasta 9.000 UTM  y prohibición de emitir cualquier tipo de publicidad por un plazo de hasta cinco años.

Siete formas para reconocer Greenwashing

La agencia de publicidad ambiental Terrachoice, al amparo de la empresa certificadora Underwriters Laboratory de Canadá, definió esta práctica como “confundir a los consumidores respecto a beneficios ambientales de un producto o servicio” y publicó siete formas para reconocerla, las que fueron contextualizadas a nuestro país por Fundación Basura:

  1. Utilizar palabras que evocan una imagen amigable con el medio ambiente, como sustentable, biodegradable, natural, orgánico, eco/ecológico, verde, bio, compostable, reciclable, amigable.
  2. No poseer ninguna certificación oficial que avale la o las palabras. Solo existe certificación para los términos BIO, ECO y orgánico, la cual es la misma Biodegradable y reciclable, son las únicas que se rigen por una norma.
  3. Utilizar afirmaciones confusas,  conceptos ambiguos que no son claros o pueden ser interpretados de diversas maneras. No recurren a fuentes que avalen la afirmación, no ofrecen documentación y/o son cifras sin respaldo ni base de comparación.
  4. Hacer uso de afirmaciones exageradas. Refuerzan una característica pequeña del producto y lo vinculan con un impacto ambiental más relevante de lo que es.
  5. Realizar afirmaciones falsas. Afirmar que el envase es 100% reciclable, cuando en el país donde se vende no recibe esos envases.
  6. Utilizar imágenes sugerentes. Abusar del color verde o de paisajes naturales, cuando es totalmente irrelevante a la hora de evaluar el proceso completo durante el ciclo de vida del producto.
  7. Declaraciones irrelevantes. Por ejemplo, que la marca es la “mejor” de su rubro, la que “menos contamina”, la “más sustentable”, entre otras, cuando no se transparenta el nivel o magnitud de contaminación e impacto que tiene en el medioambiente o la salud.

Aquí puedes leer el Proyecto de Ley

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