El pacto modifica dos pilares centrales del marco regulatorio europeo: la Directiva de Reportes de Sostenibilidad Corporativa (CSRD) y la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad (CS3D). Según el comunicado oficial, el objetivo es limitar el “efecto cascada” de las obligaciones sobre las pequeñas y medianas empresas, que en los últimos años se vieron indirectamente afectadas por los requisitos impuestos a las grandes compañías.
Cambios clave en los reportes de sostenibilidad
En el caso de la CSRD, el acuerdo eleva el umbral de aplicación a empresas con más de 1.000 empleados y fija un nuevo criterio económico: solo quedarán dentro del alcance aquellas con una facturación superior a 450 millones de euros. Además, las pymes cotizadas quedan excluidas del régimen.
También se acordó exceptuar a los holdings financieros de la obligación de reportar bajo esta directiva, así como introducir un régimen transitorio para las empresas que comenzaron a reportar en 2024, conocidas como las de la “primera ola”, que quedarán fuera del sistema durante 2025 y 2026.
El texto incorpora, además, una cláusula de revisión futura, que abre la puerta a una eventual ampliación del alcance de las obligaciones tanto en la CSRD como en la CS3D.
Más margen para la debida diligencia
En cuanto a la Directiva de Diligencia Debida en Sostenibilidad (CS3D), el acuerdo endurece los umbrales de entrada: solo estarán sujetas a esta norma las empresas con más de 5.000 empleados y una facturación superior a 1.500 millones de euros. La justificación de los colegisladores es que estas compañías tienen mayor capacidad de influir en sus cadenas de valor y absorber los costos derivados de los procesos de control.
También se introducen cambios relevantes en la identificación y evaluación de impactos negativos. Se elimina la obligación de realizar un mapeo exhaustivo de toda la cadena de actividades. En su lugar, las empresas podrán concentrarse en las áreas donde los impactos adversos sean más probables o más graves, utilizando información “razonablemente disponible”, una medida destinada a reducir la presión sobre los proveedores más pequeños.
Se elimina la obligación de planes climáticos
Una de las decisiones más relevantes desde el punto de vista ambiental es la eliminación de la obligación de adoptar planes de transición climática. Según el acuerdo, esta exigencia representaba una carga significativa para las empresas, por lo que fue retirada como parte del paquete de alivio regulatorio.
En cuanto a la responsabilidad civil, el pacto descarta un régimen armonizado a nivel europeo, dejando estos aspectos bajo el derecho nacional de cada Estado miembro. No obstante, se incorpora otra cláusula de revisión para evaluar en el futuro si es necesario avanzar hacia una armonización.
Las sanciones quedarán limitadas a un máximo del 3% de la facturación mundial neta de las empresas infractoras, con directrices que serán publicadas por la Comisión Europea.